Dictamen CGR

Dictamen N° 50467/2011

2011-08-10 · Obras públicas y concesiones · general · Vigente
Sumario. Sobre caducidad de declaratoria de utilidad pública de la vía colectora Rosas de la comuna de Santiago

N° 50.467 Fecha: 10-VIII-2011 Doña Joana Fernández González, en representación, según expone, de Inmobiliaria Los Cinco Limitada, reclama que la Dirección de Obras de la Municipalidad de Santiago considera vigente la declaratoria de utilidad pública para la prolongación de la calle Rosas -que afectaría al inmueble que individualiza, emplazado en calle Esmeralda, ambas, vías de la comuna de Santiago-, en circunstancias de que, a su juicio, tal declaratoria habría caducado con fecha 13 de febrero de 2010. Al respecto, y teniendo presente lo informado sobre la materia, a requerimiento de esta Contraloría General, por la indicada municipalidad y por la Secretaría Regional Ministerial Metropolitana de Vivienda y Urbanismo (SEREMI), corresponde considerar que el artículo 59 del decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones -en su texto modificado por la ley N° 19.939, y en lo que interesa-, declara de utilidad pública, por el plazo de cinco años, los terrenos localizados en áreas urbanas, consultados en los planes reguladores comunales, destinados a vías colectoras, incluidos sus ensanches. Agrega esa disposición, también en lo que concierne a este pronunciamiento, que dicho plazo podrá ser prorrogado por una sola vez, por igual período. Por otra parte, cabe anotar que la citada ley N° 19.939 estableció un plazo mínimo de vigencia de cinco años a contar de su entrada en vigor -el 13 de febrero de 2004-, respecto de las declaratorias vigentes a esa data, como la de la especie (aplica dictamen N° 10.070, de 2008). En ese contexto, frente a la situación que se examina, corresponde, en seguida, advertir que el Plan Regulador Comunal de Santiago -aprobado por la resolución N° 26, de 1989, de la referida SEREMI-, fue modificado mediante el decreto N° 900, de 2008, de la Municipalidad de Santiago -vigente desde el 31 de mayo de 2008-, el cual estableció, en lo que interesa, que las declaratorias de utilidad pública contempladas en el artículo 38, y clasificadas en la categoría de Vía Colectora en el artículo 37, ambos, preceptos de su Ordenanza, “se prorrogarán automáticamente a partir del 13 de febrero de 2009, hasta el 13 de febrero de 2014, de acuerdo a lo establecido en la ley N° 19.939”. Asimismo, que el citado artículo 37 consigna la calle Rosas con un ancho mínimo existente de 10 metros, “a excepción de apertura tramo 21 de Mayo-Diagonal Cervantes 15 metros proyectados”, en tanto que el también citado artículo 38, referido a las vías proyectadas, contempla el tramo mencionado en iguales términos, siendo menester puntualizar que la prolongación de la calle Rosas, antes descrita, conecta con la calle Esmeralda, prevista también como vía colectora. En este orden de ideas, es dable concluir, en coincidencia con lo informado por las mencionadas reparticiones públicas, que la declaratoria de utilidad pública derivada de la prolongación de la vía colectora Rosas, en la parte que afecta al predio de la recurrente, fue prorrogada conforme al referido artículo 59, por medio del antedicho decreto N° 900, de 2008, por lo que no se advierte reproche de juridicidad acerca del criterio sostenido sobre el particular por la mencionada Dirección de Obras. En mérito de lo expresado precedentemente, esta Sede de Control debe rechazar la reclamación formulada por la interesada. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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