Dictamen N° 50498/2013
N° 50.498 Fecha: 08-VIII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña María Isabel Pérez Gálvez, pensionada de la ex Caja de Previsión de Empleados Particulares, para solicitar un pronunciamiento que determine que dicho beneficio debe ser otorgado en el régimen de la antigua Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas, por haberse desempeñado la mayor parte de su vida laboral en una notaría. Requerido al efecto, el Instituto de Previsión Social, junto con remitir tres expedientes previsionales, manifiesta, en síntesis, que no es posible acceder a la petición de la interesada. Sobre el particular, cabe señalar, en primer término, que mediante la resolución AP-N° 6.333, de 2011, el aludido organismo previsional otorgó a la recurrente la pensión en comento, por la suma inicial mensual de $281.874.-, a contar del 2 de mayo del mismo año. Ahora bien, en la determinación de la pensión de la solicitante se consideraron 13 años, 3 meses y 7 días de imposiciones en la antigua Caja de Previsión de Empleados Particulares, 11 meses en el ex Servicio de Seguro Social, y 18 años y 7 meses en la referida ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas. Al respecto, es dable anotar que el inciso segundo del artículo 4° de la ley N° 10.986, sobre continuidad de la previsión, dispone que los derechos de los imponentes se regularán de acuerdo con las disposiciones de la ley orgánica de aquella Caja de Previsión en la cual éstos se encuentren afiliados al momento de pensionarse. Siendo ello así, y atendido que al momento de solicitar su pensión de vejez la señora Pérez Gálvez se encontraba afiliada a la mencionada ex Caja de Previsión de Empleados Particulares, por su desempeño en la empresa Cavieres y Arquitectos Ltda., la concesión de su beneficio jubilatorio se ajustó a derecho. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República