Dictamen N° 5065/2013
N° 5.065 Fecha: 23-I-2013 Esta Contraloría General ha dado curso a las resoluciones Nºs. 172, 173 y 210, todas de 2012, del Ministerio de Obras Públicas, que aprueban convenios por trato directo para la ejecución de las obras que indican, pero cumple con hacer presente, respecto de lo señalado en la parte I, punto 1, acápite “Partes del Convenio”, párrafo primero, de cada acuerdo, según el cual el contrato se ceñirá a la legislación chilena y al Reglamento para Contratos de Obras Públicas -aprobado mediante el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas-, en aquellos aspectos que las partes acuerden someterse, que en conformidad al artículo 1° de ese cuerpo normativo, las presentes convenciones han debido regirse íntegramente por el mencionado reglamento y, por cierto, por la citada legislación, debiendo esa repartición, en lo sucesivo, evitar estipular cláusulas de tal contenido. Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación