Dictamen CGR

Dictamen N° 5069/2009

2009-02-02 · Urbanismo, construcción y vivienda · general · Vigente
Sumario. Devuelve resolución de la Dirección de Vialidad que aprueba convenio ad referéndum por mayor costo del contrato "Construcción Puente Grey, Camino Administración - Lago Grey, Km. 4,664, Parque Nacional Torres del Paine, Provincia de Última Esperanza, Región de Magallanes y Antártica Chilena"

N° 5.069 Fecha: 2-II-2009 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 1.223, de 2008, de la Dirección de Vialidad, que aprueba convenio ad referéndum por mayor costo del contrato "Construcción Puente Grey, Camino Administración - Lago Grey, Km. 4,664, Parque Nacional Torres del Paine, Provincia de última Esperanza, Región de Magallanes y Antártica Chilena" por no ajustarse a derecho. En efecto, el mencionado convenio de fecha 19 de agosto de 2008, ordena el pago de la suma de 148.479.576, más reajuste, correspondiente a mayor costo debido a la hinca de pilotes metálicos en una longitud de 96.94 ml y a la ejecución de 8 ensayos PDA, omitiendo señalar su fundamento. Sobre el particular, cabe precisar que transcurrido el plazo legal de ejecución de las obras se da término a éstas el 25 de diciembre de 2006, lo que fue sancionado mediante la resolución N° 92, de 12 de noviembre de 2007, de la Dirección de Vialidad Regional Magallanes y Antártica Chilena y tomada de razón el 22 de noviembre del mismo año, autorizándose mediante dicho acto, la devolución de las retenciones pertinentes. Por otra parte, de los documentos acompañados, no se advierte la disponibilidad de fondos asignados al proyecto a nivel sectorial ni regional para cubrir el pago que se ordena. En efecto, de los decretos del Ministerio de Hacienda N°s 1.013 y 1.691, de 2008, es posible apreciar que el proyecto no dispone de fondos para el ítem l de obras a nivel sectorial para el presente año, y a partir de la resolución N° 147, de 2008, del Intendente Regional, Magallanes y Antártica Chilena, que sólo se ha autorizado a nivel regional $32.624.000, para el año 2008. Luego, el convenio antes aludido ha sido celebrado y suscrito por el Ingeniero Jefe del Departamento de Puentes de la Dirección de Vialidad, no constando que éste posea facultades para celebrar instrumentos de esta naturaleza por cuenta propia. Finalmente, el instrumento del epígrafe identifica erróneamente en sus Vistos un reglamento de contratación de obras públicas de Septiembre de 2005, en circunstancias que el aplicable en la especie es el decreto N°15, de 1992, del Ministerio de Obras Públicas.