Dictamen CGR

Dictamen N° 507917/2024

2024-07-03 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa la resolución N° 67, de 2024, del Ministerio de Obras Públicas
Aplicado por
Dictamen N° 533336/2024
Aplica dictamen

N° E507917 Fecha: 03-VII-2024 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba convenio ad-referéndum y addendum N° 1, para la ejecución de la Obra “Conservación de emergencia, varios puentes y accesos Provincia de Linares y Cauquenes”, por cuanto se advierte que el proyecto suministrado al contratista no se encuentra totalmente afinado, de manera tal que permita definir en forma suficiente la obra a realizar, en los términos previstos en el artículo 4 N° 22, del Reglamento para Contratos de Obras Públicas aprobado por el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas. Lo anterior, ya que de los antecedentes tenidos a la vista, no consta que el proyecto de reposición del puente de madera por una estructura definitiva -en base a cajones del Puente Batuco- a construir en la presente obra de emergencia, posea los correspondientes respaldos técnicos, tales como estudios de mecánica de suelo, análisis hidráulicos y de hidrología, los que permitan conocer tanto la afectación del cauce del río ante nuevas crecidas, como la resistencia del suelo ante la carga que generará el nuevo puente. Por otra parte, es del caso precisar que no se aprecia el fundamento normativo en virtud del cual se considera respecto de las vías “Rol M-80-N” y “L-45” -a intervenir en la construcción de la referida obra de emergencia-, tramos que no se encontraban calificados bajo las circunstancias del artículo 111, inciso cuarto, del decreto con fuerza de ley Nº 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, si se tiene en cuenta lo dispuesto en las resoluciones exentas Nos 153 y 243, ambas de 2023, de la Dirección General de Obras Públicas, en relación a la fecha de suscripción del convenio que se aprueba en el resuelvo N° 2 de la resolución examinada. En consecuencia, junto con el envío de los antecedentes omitidos respecto al proyecto de reposición de estructura definitiva del Puente Batuco, se deberán remitir los archivos en formato kmz del emplazamiento de los caminos, puentes y/o accesos considerados en la contratación de que trata, junto a una minuta explicativa acerca de la concordancia entre las obras contratadas y lo establecido en las aludidas resoluciones exentas Nos 153 y 243. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República (S). MARÍA ISABEL CARRIL CABALLERO Subjefe de División (S)