Dictamen N° 50995/2015
N° 50.995 Fecha : 25-VI-2015 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso al instrumento del rubro, que aprueba el pago por mayores gastos generales en el marco del contrato suscrito con la empresa que indica, para la ejecución de la obra “Reposición con Relocalización del Hospital Exequiel González Cortés”, por cuanto no existe concordancia entre el monto que se aprueba en el resuelvo N° 1 del acto en examen y la suma total de los valores consignados en los documentos que se adjuntan para acreditar el pago de la aludida compensación. Al respecto, corresponde hacer presente, además, que no se acompañan antecedentes en que conste la aprobación por parte del aludido servicio del contenido de los instrumentos presentados por el contratista que respaldarían el pago del monto que se pretende indemnizar. Enseguida, es dable reparar que los documentos que se adjuntan se refieren a gastos que no tienen relación con aquellos establecidos como gastos generales en el formulario N°3 A, presentado por la empresa al realizar su oferta, vgr., la contratación con Eurocalidad S.A para controlar la mecánica de suelos y de hormigones, y el arriendo de oficina container AA 6x2.5. Por otra parte, en cuanto a la forma de determinar el monto de la indemnización, no se advierte el fundamento legal por el cual este se ha incrementado con IVA. Asimismo, se omitió consignar en el resuelvo N° 2 del documento en estudio, el código BIP al cual se imputa el gasto que irroga la indemnización que se aprueba. Finalmente, cabe señalar que el reverso de las páginas del acto examinado, no aparece inutilizado con la firma y timbre del ministro de fe respectivo, conforme a la jurisprudencia administrativa de este Organismo de Control, contenida en los dictámenes N os 24.230, de 2005, 44.409, de 2010, 2.241, de 2011, 77.287, de 2013 y 36.846, de 2014, entre otros. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación