Dictamen CGR

Dictamen N° 5111/2013

2013-01-23 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. No procede emitir pronunciamiento anticipado respecto de un procedimiento disciplinario cuyo acto que lo afina aún no ha sido sometido a control de juridicidad

N° 5.111 Fecha: 23-I-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Berta Lina Lagos Silva, funcionaria del Hospital Luis Calvo Mackenna, para manifestar que, como consecuencia de una supuesta calumnia en su contra, está siendo objeto de un sumario administrativo, haciendo presente su preocupación por no saber cuándo dicho proceso será concluido. Al respecto, corresponde indicar que, a la fecha, no ha ingresado a este Ente Fiscalizador, para el trámite de control de legalidad, el acto administrativo terminal a través del cual se afina dicho procedimiento disciplinario. Enseguida, cabe manifestar que la jurisprudencia de este origen, contenida, entre otros, en el dictamen N° 64.266, de 2011, ha expresado que los procesos sumariales constituyen procedimientos reglados y a su respecto no caben otros trámites o instancias que aquellos previstos en la ley N° 18.834, normativa que no otorga facultades a esta Contraloría General para emitir una opinión anticipada en sumarios administrativos, sobre cuyos resultados tendrá oportunidad de pronunciarse al efectuar el control previo de legalidad del documento de término que los afine, de ser ello procedente, de acuerdo con lo establecido en la resolución N° 1.600, de 2008, de este origen. De esta manera, atendido que, de acuerdo con los antecedentes y registros examinados, el envío del proceso disciplinario de que se trata se encuentra pendiente, esta Contraloría General se abstiene de pronunciarse acerca de lo planteado por la recurrente. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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