Dictamen N° 5121/2013
N° 5.121 Fecha : 23-I-2013 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-3041, conducido por su funcionario, señor Álex Orlando Riquelme Carilao, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 11 de mayo de 2012, ese servidor concurrió en el citado móvil a la intersección de la calle Mahuidanche con el Pasaje Lundu, en la comuna de Puente Alto, a verificar una denuncia por venta de drogas, lugar en el cual una mujer le lanzó una piedra al parabrisas del aludido móvil, trizándolo. Los daños ocasionados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 231, de 2012, de la Sección de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos, ascendieron a la suma de $71.538, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos señalados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Álex Orlando Riquelme Carilao , por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-3041. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República