Dictamen N° 51262/2014
N° 51.262 Fecha: 07-VII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Teresa Merino Bastida, exfuncionaria del Servicio de Salud Metropolitano Sur, para solicitar un pronunciamiento que determine si le asiste derecho al bono establecido en la ley N° 20.305, dado que, según sostiene, en aquél se le indicó que no reunía los requisitos para ello. Requerido su informe, el aludido organismo de salud manifiesta, en síntesis, que la ocurrente no tiene derecho a la prestación que reclama, por no tener a lo menos 20 años de ejercicio en las entidades señaladas en ese cuerpo legal, acompañando una relación de los servicios de la interesada. Al respecto, cabe expresar que el artículo 1° de la ley N° 20.305, en su inciso primero, otorga un bono de naturaleza laboral, para el personal que, a su entrada en vigencia -1 de enero de 2009-, ejerza un cargo de planta o a contrata y al contratado conforme al Código del Trabajo, en los órganos y servicios públicos que menciona. Por su parte, el artículo 2° de ese texto normativo exige, entre otras condiciones, tener a lo menos 20 años de desempeño en las instituciones referidas en su artículo 1° o las que sean sus antecesores legales, a la fecha de publicación del citado ordenamiento, esto es, el 5 de diciembre de 2008. Luego es útil precisar que, acorde con los registros de esta Entidad de Control, aparece que a esta última data, la recurrente tenía un total de 19 años, y un saldo de meses y días, cifra que considera el lapso ejercido por la peticionaria en el Parque Metropolitano de Santiago, entre el 15 de noviembre de 1981 y el 31 de diciembre de 1982, omitido en el cálculo efectuado por su exempleador, que tampoco le permite completar los 20 años exigidos por la preceptiva en análisis, siendo menester concluir, por tanto, que no tiene derecho a la bonificación que pretende. Transcríbase al Servicio de Salud Metropolitano Sur. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República