Dictamen N° 51337/2011
N° 51.337 Fecha: 16-VIII-2011 La Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a los decretos N°s. 144, 145 y 147, de 2011, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Telecomunicaciones, que otorgan concesiones de radiodifusión sonora en frecuencia modulada para las localidades de Cañete, Ancud e Hijuelas, respectivamente, por cuanto el informe del Comité de Telecomunicaciones de las Fuerzas Armadas a que se refiere el artículo 17 de la ley N° 18.168, fue requerido por la Subsecretaría de Telecomunicaciones con fecha 20 de junio del año en curso, mediante el oficio N° 4.078, esto es, con posterioridad a la data de emisión de los actos administrativos en examen, que tuvo lugar el día 8 del mismo mes, lo que no se ajusta al procedimiento establecido por el legislador. En efecto, de la norma citada aparece que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones puede otorgar la concesión de que se trata solo una vez que se haya solicitado previamente el informe aludido -y siempre que éste haya sido recibido por dicha Cartera o se encuentre vencido el plazo para ser evacuado-, lo que no ha acontecido en la especie, circunstancias que, por lo demás, ya habían sido advertidas con anterioridad por este Organismo Fiscalizador a través de sus oficios N°s 77.332, de 2010, 2.456 y 43.495, ambos del presente año. En mérito de lo expuesto, se representan los actos administrativos señalados. Por Orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación