Dictamen N° 5136/2020
N° 5.136 Fecha: 25-II-2020 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, a través de la cual se selecciona proveedor en el proceso de gran compra para el servicio de distribución, mecanizado de documentos y redistribución de la Tarjeta Nacional del Estudiante, para el periodo 2020-2021, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, corresponde hacer presente que, sin perjuicio de lo dispuesto en el N° 14 de la respectiva intención de compra, el acuerdo complementario que se suscriba, de acuerdo con lo expuesto en el N° 10.2 de las bases que regularon el convenio marco ID N° 2239-14-LP13, a cuyos adjudicatarios se invitó a presentar ofertas en la gran compra de la especie, no podrá tener una vigencia que exceda el plazo de un año, luego del vencimiento de la vigencia del Convenio Marco. Asimismo, se debe indicar que, en concordancia con lo previsto en el artículo 3° del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, esa institución deberá adjuntar a los actos administrativos como el de la especie, el original del correspondiente certificado de disponibilidad presupuestaria y no como sucedió en la situación en examen, donde se acompañó copia simple de dicho documento (aplica oficio N° 8.155, de 2018). Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto examinado. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República