Dictamen CGR

Dictamen N° 513647/2024

2024-07-12 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa la resolución N° 83, de 2024, del Ministerio de Obras Públicas
Aplicado por
Dictamen N° 535615/2024
Aplica dictamen

N° E513647 Fecha: 12-VII-2024 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba convenio ad-referéndum y addendum N° 1, para la ejecución de la obra “Conservación por Emergencia Defensas Fluviales, Encauzamiento y Reposición, Puente Toscas, Puente La Punta, Puente Tumuñan y Puente Errazuriz, Camino I-310, Camino I-742, Camino I-487 y Camino H-82-I, Comunas de Peralillo, Chépica, San Fernando y Palmilla”, por cuanto se advierte que el proyecto suministrado al contratista no se encuentra totalmente afinado, de manera tal que permita definir en forma suficiente la obra a realizar, en los términos previstos en el artículo 4° N° 22, del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, aprobado por el decreto N° 75, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas. Lo anterior, ya que de los antecedentes tenidos a la vista no consta que el proyecto de reposición del puente Tumuñan, a construir en la presente obra de emergencia posea antecedentes de respaldo, tales como planos, memoria de cálculo, y estudios de resistencia sísmica, de acuerdo con la normativa vigente, que resulte aplicable, y con la aprobación de las unidades técnicas pertinentes de la Dirección de Vialidad. Además, en lo relativo al mismo puente -que considera vigas metálicas de 800 mm de alto y una longitud total de 24 m- en el cual se reemplazarán las vigas a proveer por el servicio, que son de 18 m, en que debe generar dos uniones soldadas de 3 m de vigas para totalizar los 24 metros de luz requerida se requiere el envío de la memoria de cálculo que establezca las características técnicas de la soldadura indicada, así como también que se acredite que la resistencia de las estructuras metálicas den cumplimiento a los requerimientos estructurales requeridos. De igual forma, se deberán remitir las especificaciones técnicas de los materiales a utilizar en la obra, en particular de los elementos del tablero de madera, que según se consigna estarían "en muy buen estado de conservación" y que serán mantenidos, así como de aquellos que serán reemplazados. Por su parte, se deberán explicitar los requisitos de impermeabilización para evitar el deterioro los materiales considerados en el proyecto. Finalmente, se requieren los planos de la estructura de que se trata, ello en el entendido que, si bien es un proyecto de emergencia, las láminas de apoyo -que muestran la disposición y objetivo de los trabajos, según la “4. Descripción de las estructuras”- no resultan suficientes para la obra de la especie. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República (S). JUAN CARLOS LILLO VALENZUELA Subjefe de División