Dictamen N° 51366/2015
N° 51.366 Fecha: 26-VI-2015 Este Organismo de Control ha dado curso al acto del epígrafe, el cual deja sin efecto la resolución afecta N° 39, de 2015 y aprueba las bases administrativas y técnicas y anexos del proceso de licitación pública para el servicio de fletamento de barcaza, por cuanto se ajusta a derecho. Sin perjuicio de lo anterior, cumple con hacer presente que la Administración solo puede renunciar a acciones o derechos en la medida que exista una norma legal que la habilite para ello. Por esta razón las multas previstas en la letra I) del punto XI del pliego de condiciones, no pueden constituir una avaluación anticipada y total de los perjuicios. Así, sus eventuales aplicaciones en caso alguno implican una limitación al ejercicio de las acciones judiciales que correspondan, precisión que debe publicarse en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, en la etapa de aclaraciones a las bases (aplica criterio contenido en el dictamen N° 836, de 2002). Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo de la suma. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante