Dictamen CGR

Dictamen N° 51602/2013

2013-08-13 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Solicitud de cálculo del bono previsto en la ley N° 20.612 de funcionaria del Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río, debe ser conocida por el Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente
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Dictamen N° 74190/2013
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N° 51.602 Fecha: 13-VIII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Cecilia Araya Gómez, funcionaria del Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, para solicitar que se calcule y evalúe el bono al incentivo al retiro dispuesto en la ley N° 20.612, a que tendría derecho. Requiere, además, el bono de escolaridad respecto de su hija. Sobre el primer aspecto, es menester recordar que la aludida ley otorga a los servidores del sector salud que indica una bonificación por retiro voluntario y una bonificación adicional. Pues bien, el artículo 5° del decreto N° 109, de 2007, del Ministerio de Salud -aplicable al beneficio impetrado, de acuerdo con el artículo 8° de la antedicha ley-, preceptúa, en lo pertinente, que la postulación debe efectuarse ante la Unidad de Personal tratándose de los servicios de salud y en el Departamento de Recursos Humanos en el caso de los restantes organismos, en un formulario que para ello proporcionará al interesado su empleador. Enseguida, en cuanto al bono de escolaridad reclamado, cabe indicar que este se encuentra previsto en el artículo 13 de la ley N° 20.642, el que también debe ser requerido ante la entidad empleadora correspondiente. Siendo ello así, el encargado de atender las peticiones de la señora Araya Gómez es el Servicio de Salud Metropolitano Sur Oriente, por lo que este Órgano de Control, en conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 14 de la ley N° 19.880, cumple con remitir a dicha repartición los antecedentes del caso. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República