Dictamen N° 51881/2009
N° 51.881 Fecha: 17-IX-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Nicolás Segundo Peña Anjarí, para solicitar el otorgamiento del bono extraordinario que concede la ley Nº 20.134. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 1° de la mencionada ley, otorga un bono extraordinario a los ex trabajadores del sector privado y las empresas autónomas del Estado que hubieren sido exonerados por motivos políticos, entre el 11 de septiembre de 1973 y el 29 de septiembre de 1975, en la medida que sean titulares de una pensión no contributiva, por gracia, calculada conforme a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 12 de la ley N° 19.234, como también a los beneficiarios de pensiones de sobrevivencia originadas en las pensiones no contributivas descritas. Todas las personas señaladas precedentemente deberán haber percibido la referida pensión al 28 de febrero de 2005 y a la fecha de publicación de la ley. Ahora bien, efectuadas las averiguaciones de rigor, se ha podido comprobar que el señor Peña Anjarí no ha sido calificado, a la fecha, como exonerado político por el Programa de Reconocimiento al Exonerado Político del Ministerio del Interior, requisito esencial para acceder a los beneficios de la referida ley N° 19.234, y al bono extraordinario que solicita. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República