Dictamen N° 52294/2009
N° 52.294 Fecha: 22-IX-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Arturo Elías Medina Leiva, ex funcionario de la antigua Empresa de Transportes Colectivos del Estado, exonerado político, para solicitar nuevamente la revisión de la pensión no contributiva, por gracia, de la que es titular, especialmente en lo relativo a determinar dicho beneficio de conformidad al artículo 132 del D.F.L. Nº 338, de 1960, en atención a las razones que expone. Al respecto, cabe manifestar que este Organismo Contralor, por medio de sus oficios N°s. 30.975 y 56.816, de 2005, y 25.849 y 56.492, de 2008, informó al recurrente que el beneficio no contributivo que se le concedió mediante la resolución Nº 4.976, de 2001, del Ministerio del Interior, se encuentra correctamente determinado y ajustado a la normativa que lo regula, agregando que no es procedente aplicar, en su caso, el método especial de cálculo a que se refiere el artículo 132 del D.F.L. Nº 338, de 1960, en relación con el artículo 2°, letra b), de la ley Nº 18.263, toda vez que verificados sus antecedentes se comprobó que el cargo que desempeñaba a la data de su cese de funciones no constituía tope de su respectivo escalafón de especialidad. Ahora bien, en esta oportunidad el interesado no aporta documentos que justifiquen la reconsideración de la precitada determinación, razón por la cual resulta forzoso ratificar lo señalado en los oficios antes aludidos, desestimando la petición. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República