Dictamen N° 52446/2013
N° 52.446 Fecha: 16-VIII-2013 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso resolución N° 117, de 2013, del Servicio de Salud Metropolitano Norte, que aplica la medida disciplinaria de destitución al exfuncionario que individualiza, por cuanto no se ajusta a derecho. Al respecto, es menester considerar que en el referido sumario, al aludido exservidor se le formulan cargos -fojas 25 y 26- por haberse ausentado del servicio por más de tres días consecutivos, en consideración a que habría presentado licencias médicas, que, posteriormente, fueron rechazadas por el organismo competente. Sobre el particular, se debe tener presente que la jurisprudencia de este Órgano Fiscalizador, contenida entre otros, en los dictámenes N os 33.131 de 1994 y 5.434 de 1995, ha informado que las licencias rechazadas constituyen un principio de justificación de las ausencias pertinentes y, por lo mismo, no pueden dar lugar a una medida expulsiva del funcionario afectado. Ahora bien, según los antecedentes del proceso, el mencionado exempleado es destituido por haber incurrido en ausencia a sus labores por el lapso que corresponde a las licencias médicas que rolan a fojas 13 -documentos que fueron presentados dentro de plazo, según certificado de fojas 12-, algunas de las cuales, en definitiva, no habrían sido admitidas, y sin que se adjunten los medios de prueba que demuestren períodos de más de tres días consecutivos de inasistencias injustificadas, de manera que, en la especie, no procede la imposición de esa sanción expulsiva, de acuerdo con el criterio jurisprudencial antes señalado. En mérito de lo anteriormente expuesto, se representa el acto administrativo indicado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República