Dictamen N° 52467/2012
N° 52.467 Fecha: 27-VIII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Eduardo Gonzalo Romero Silva, exfuncionario de Gendarmería de Chile, para solicitar, por las razones que expone, se deje sin efecto su retiro temporal. Requerido su informe, la mencionada repartición ha manifestado, en síntesis, que el alejamiento del peticionario se ajustaría a la normativa que regula la materia. Sobre el particular, cabe manifestar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 160 de la ley N° 18.834 -aplicable en la especie, en virtud de lo previsto en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 1.791, de 1979, del Ministerio de Justicia-, que los funcionarios de la referida institución penitenciaria pueden reclamar de su cese, ante esta Entidad de Control, dentro del plazo de diez días hábiles desde que tuvieron conocimiento de la resolución que dispuso su eliminación, requisito que no se cumple en la especie. En efecto, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el recurrente, con fecha 5 de mayo de 2011, fue notificado del total trámite de la resolución que dispuso su desvinculación, reclamando de tal medida, ante esta Contraloría General, el día 5 de marzo de 2012, esto es, una vez transcurrido el aludido lapso de diez días hábiles, razón por la cual la petición del señor Romero Silva, en orden a que se deje sin efecto su retiro temporal, resulta extemporánea. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República