Dictamen N° 52756/2011
N° 52.756 Fecha: 22-VIII-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Carlos Guillermo Lombardi Ramos, ex funcionario de la Armada, para solicitar la revisión de su pensión de retiro, con la finalidad de incluir en ella la asignación de zona. Requerido su informe, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, junto con acompañar el expediente previsional del interesado, ha manifestado, en síntesis, que mediante la resolución N° 1.262, de 1996, del Ministerio de Defensa Nacional, se le concedió pensión de retiro por inutilidad de segunda clase. Agrega que se encuentra prescrito el derecho de esa persona para solicitar la revisión de su beneficio jubilatorio. Sobre el particular, cabe expresar que el inciso tercero del artículo 164 del D.F.L. N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, vigente a la data de alejamiento del interesado, previene que sin perjuicio de los plazos de prescripción de corto tiempo establecidos para casos específicos, el derecho a impetrar pensión, reajustes, acrecimientos o cualquier beneficio derivado de ellas, prescribe en el plazo de 10 años. Por consiguiente, atendido que entre la fecha de la concesión de la mencionada pensión y la presentación efectuada por el señor Lombardi Ramos ante este Organismo de Control, el 8 de junio de 2011, transcurrieron más de diez años, resulta forzoso concluir que el derecho a la reliquidación de dicho beneficio, otorgado en el año 1996, se encuentra, a la fecha, extinguido. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República