Dictamen N° 52788/2009
N° 52.788 Fecha : 23-IX-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Municipalidad de La Granja, solicitando un pronunciamiento que incide en determinar si la inhabilidad de ingreso a la Administración del Estado regulada en el artículo 54, letra b), de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, resulta aplicable a las personas que individualiza, atendida la existencia de los vínculos que esa norma señala entre éstas y el director del establecimiento educacional municipal que indica. Cabe recordar que dicha norma establece que no podrán ingresar a cargos en la Administración del Estado las personas que tengan la calidad de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive respecto de las autoridades y de los funcionarios directivos del organismo al que postulan, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, inclusive. Al respecto, cumple con remitir fotocopia del dictamen N° 36.880, de 2000, de este Organismo de Control, en el que se sostiene, en lo que interesa, que dicha inhabilidad no afecta a quienes tengan alguno de los vínculos referidos con los funcionarios directivos de los establecimientos educacionales municipales, toda vez que éstos sirven cargos que implican ejercer funciones de jefatura de niveles inferiores al de departamento. Por orden del Contralor General de la República Sonia Doren Lois Subcontralor General