Dictamen CGR

Dictamen N° 52812/2009

2009-09-23 · Municipalidades y administración local y regional · general · Vigente
Sumario. Atendido que Municipalidad acreditó el pago de la segunda cuota del bono establecido por ley 20233 art/29 a ex funcionario municipal, reconsidera dictamen que ordenaba el pago del mismo

N° 52.812 Fecha: 23-IX-2009 La Municipalidad de Estación Central mediante el oficio N° 1400/17/ING.1010/259 de 2009, solicita la reconsideración del dictamen N° 59.992, de 2008, por el cual este Organismo Contralor concluyó que debía pagar al señor Sandro Sánchez Maturana, ex funcionario municipal, la suma de $ 60.000, por concepto de la segunda cuota del bono que concede el artículo 29 de la ley N° 20.233. El municipio fundamenta su petición, en la circunstancia de que el monto aludido efectivamente fue pagado a la persona que se individualiza, lo que acredita con los antecedentes que acompaña, de manera que no mantiene deuda con dicho ex servidor. En relación con la materia, esta Contraloría General cumple con señalar que, efectuado el examen de los nuevos antecedentes acompañados por el municipio, se ha podido establecer que la Municipalidad de Estación Central habría pagado al señor Sánchez Maturana la indicada cantidad de dinero por el concepto antes anotado, por lo que procede acoger la solicitud de reconsideración formulada por ese municipio. En consecuencia, en mérito de lo expuesto, se reconsidera el dictamen N° 59.992, de 2008. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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