Dictamen N° 52932/2016
N° 52.932 Fecha: 15-VII-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Carlos Bretón Erenchun, en representación, según indica, de Ingeniería Cuatro S.A., reclamando en contra del acuerdo adoptado la Comisión de Registros de Consultores del Ministerio de Obras Públicas, en orden a suspender a dicha empresa del mencionado registro por los errores en que habría incurrido en el cálculo del proyecto de ingeniería del contrato “Reposición Puente Río Bueno en Ruta T-71, Sector La Unión - Río Bueno, Tramo Ruta 5 - Ruta T-85, Comunas de La Unión y Río Bueno, Provincia de Ranco, Región de Los Ríos”. Sobre el particular, y considerando que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 9°, N° 9.4.5., de la resolución N° 1.600, de 2008, de esta entidad fiscalizadora -que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón-, las sanciones a contratistas y consultores de obras públicas se encuentran afectas al control previo de legalidad, cumple con manifestar que las apreciaciones del recurrente serán debidamente ponderadas al momento de efectuar dicho examen al acto administrativo que aplique la medida por la que se alega, para cuyos efectos se ha estimado menester remitir copia de la presentación del interesado a la Dirección General de Obras Públicas, a fin de que, en su caso, al ingresar la resolución que disponga la sanción de que se trata, emita un informe al tenor de aquella. Finalmente, y sin perjuicio de lo anterior, cumple con remitir copia de la antedicha presentación a la Dirección de Vialidad, la que deberá informar específicamente en relación con el aumento de obra del singularizado contrato -aspecto sobre el cual el interesado solicita que se realice una investigación-, dentro del plazo de 10 días contado desde la recepción del presente oficio. Transcríbase a la Dirección General de Obras Públicas y a la Dirección de Vialidad. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación