Dictamen N° 53021/2009
N° 53.021 Fecha: 24-IX-2009 La Contraloría General ha debido abstenerse de tomar razón de la resolución N° 250 de 2009 del SERVIU Metropolitano, mediante el cual se aprueba la liquidación del contrato "Reparación y Conservación Redes Troncales y Alimentadoras Transantiago", correspondiente a las obras del Eje Santa Rosa, adjudicada a la Constructora Cosal S.A. por Resolución N ° 539, de 2004, del mismo Servicio, por cuanto no se han acompañado los antecedentes que permitan verificar la legalidad de las multas aplicadas en la especie, no obstante que fueron solicitados a ese Servicio. En efecto, de los estados de pago que se adjuntan, se advierte que se ha dispuesto la aplicación de multas al contratista por incumplimiento de instrucciones de la Inspección Técnica de la Obras, como asimismo, por la ausencia injustificada en la obra de los profesionales del área de control de calidad, sin que se acredite fehacientemente, mediante la respectiva documentación, los incumplimientos descritos. Del mismo modo, se observa que los estados de pagos que se anexan, no guardan la debida correspondencia con el monto pagado al contratista y con las facturas emitidas por éste. Por otra parte, cumple con hacer presente que la liquidación en examen no se ajustó a los plazos previstos en los artículos 126 y 130 del decreto 236, de 2002, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, si se considera que las obras terminaron el 21 de marzo de 2005. Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación