Dictamen N° 53063/2009
N° 53.063 Fecha: 25-IX-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Raúl Mario Canales Palma, ex funcionario del Ejército de Chile, para solicitar un pronunciamiento acerca del derecho que le asistiría para que se evalúe nuevamente su estado de salud, con la finalidad de cambiar su causal de retiro por una inutilidad de segunda clase. Requerido su informe, la aludida institución castrense ha manifestado, en síntesis, que no es posible acceder a la petición del interesado, por cuanto los documentos que acompaña en nada modifican lo resuelto por su Comisión de Sanidad el año 1978. Añade, que de conformidad con el artículo 236 del D.F.L. N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, dicha resolución tiene el carácter de definitiva. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 236 del citado texto estatutario, dispone que si transcurrido el plazo de cinco años contado desde la fecha en que ocurrió el accidente o aquella en que se constató la enfermedad, según corresponda, no se presentare inutilidad, dicha resolución tendrá el carácter de definitiva. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece, que el aludido organismo de salud, mediante su informe N° 277, de 28 de diciembre de 1978, estableció que el accidente en acto de servicio que sufrió el recurrente, si bien le dejó secuelas, ello no implica una inutilidad, por lo que lo declaró apto para continuar en servicio. En consecuencia, en mérito de lo expuesto, cabe concluir que el recurrente carece del derecho a ser evaluado nuevamente por la Comisión de Sanidad del Ejército de Chile, por cuanto el plazo de que disponía para ello, se encuentra vencido. Gastón Astorquiza Altaner Contralor General de la República Subrogante