Dictamen N° 53227/2012
N° 53.227 Fecha: 29-VIII-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Claudio Barahona Maldonado, formulando una serie de preguntas acerca de si determinadas actuaciones en que habría incurrido un dirigente gremial, que no individualiza, se ajustan a la normativa que regula la materia. Al respecto, cumple manifestar que, según lo ha precisado la jurisprudencia de este origen, entre otros, en su dictamen N° 44.469, de 2012, este Organismo Fiscalizador solo emite informes a petición de los jefes superiores de servicio y, excepcionalmente, a solicitud de funcionarios o de particulares, cuando se les ha denegado algún derecho que pretendan tener o se hubiere omitido o dilatado alguna resolución por parte de la autoridad administrativa, habiéndola requerido el interesado, circunstancias que no concurren en la especie, motivo por el cual se abstiene, por ahora, de emitir el pronunciamiento que se recaba. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República