Dictamen CGR

Dictamen N° 53473/2010

2010-09-09 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Vigente
Sumario. Cursa resolución 74/2010, de la Dirección Regional de Aduana Metropolitana, que afina el proceso sumarial ordenado instruir mediante resolución exenta N° 4.373, de 2006, del mismo origen

N° 53.473 Fecha: 09-IX-2010 Se ha remitido a esta Contraloría General, para el trámite de toma de razón, la resolución N° 74, de 2010, de la Dirección Regional de Aduana Metropolitana, que afina el proceso sumarial ordenado instruir mediante resolución exenta N° 4.373, de 2006, del mismo origen, y aplica las medidas disciplinarias de multa del 10% de su remuneración mensual a doña Margarita Velasco Campos; de multa del 5% de su remuneración mensual a don Willie Moth Rubilar y absuelve a doña Consuelo Carvajal Jara, todos funcionarios de esa repartición pública. Por su parte, se ha dirigido a esta Entidad de Control doña Margarita Velasco Campos, para reclamar en contra de la sanción que le afecta, la cual estima desproporcionada y arbitraria, por cuanto se basaría en hechos que la autoridad no habría evaluado correctamente. Sobre el particular, es dable hacer presente que la ponderación de los hechos que constituyen las faltas que son materia del procedimiento disciplinario, y la determinación del grado de responsabilidad administrativa que en ellos le cabe a los imputados, son materias que, según se desprende de los artículos 140 y 141 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, se han entregado, de manera primaria, a los órganos de la Administración activa, correspondiéndole a esta Entidad de Control, en todo caso, objetar la decisión del Servicio si del examen de los antecedentes sumariales se aprecia alguna infracción al debido proceso, a la normativa legal o reglamentaria que regula la materia, o bien, si se observa alguna decisión de carácter arbitrario. Luego, considerando que del estudio de los autos que conforman el expediente de que se trata, no se advierte ninguna de las irregularidades antes indicadas, como tampoco que la medida de multa del 10% de su remuneración mensual aplicada a la requirente, sea desproporcionada respecto de las infracciones que se tuvieron por acreditadas, y que fueron objeto de la investigación, procede desestimar su reclamo. Sobre la base de las consideraciones anotadas, esta Contraloría General ha procedido a cursar la resolución N° 74, de 2010, de la Dirección Regional Aduana Metropolitana, por encontrarse ajustada a derecho. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República