Dictamen N° 53539/2014
N° 53.539 Fecha: 14-VII-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-6427, que se encontraba bajo la custodia de su funcionario, señor César Eduardo Pérez Rojas, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que en la documentación adjunta, aparece que el día 27 de julio de 2013, mientras ese servidor permanecía con el referido móvil estacionado en el frontis del Hospital de Yumbel, ubicado en calle Goycolea de esa comuna, fue chocado por una camioneta particular, cuyo conductor, bajo la influencia del alcohol, efectuó una maniobra de retroceso, sin percatarse de la presencia del furgón policial, practicándose la pertinente denuncia ante la Fiscalía Local Yumbel. Los perjuicios causados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 29, de 2014, de la Zonal de Mantenimiento Biobío, ascendieron a la suma de $30.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor César Eduardo Pérez Rojas, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-6427. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República