Dictamen N° 53544/2014
N° 53.544 Fecha: 14-VII-2014 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados al furgón fiscal Z-4475, conducido por su funcionario, señor Víctor Hugo Marabolí Uribe, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que en la documentación adjunta, aparece que con fecha 26 de octubre de 2013, ese servidor, acompañado de otros empleados, concurrieron en el citado móvil hasta la intersección de las calles Tomás Yavar y Los Coipos, en la comuna de San Carlos, con la finalidad de verificar una denuncia en contra de un grupo de personas que efectuaban desórdenes en la vía pública; una vez en el lugar, los manifestantes le lanzaron piedras al vehículo policial, resultando éste con abolladuras en su carrocería. Los daños causados al patrimonio fiscal, según el certificado N° 10, de 2014, de la Zonal de Mantenimiento de Vehículos Biobío, ascendieron a la suma de $10.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N°s 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que en los antecedentes tenidos a la vista, consta que se dan los presupuestos anotados previamente, se ha estimado procedente exonerar de responsabilidad civil al señor Víctor Hugo Marabolí Uribe, por los daños ocasionados en el furgón fiscal Z-4475. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República