Dictamen N° 537122/2024
N° E537122 Fecha: 05-IX-2024 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, que aprueba las bases administrativas, técnicas y anexos de licitación pública para la contratación de seguros generales para los bienes muebles e inmuebles de la Subsecretaría de Relaciones Exteriores ubicados en el país y en el exterior, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, es necesario consignar que, si se ejecuta la garantía de fiel cumplimiento por no haber pagado el proveedor una multa, facultad consagrada en el N° 9.4.1, b), i, segundo párrafo, de las bases, deberá restituirse al contratista el excedente, si lo hubiera, sin perjuicio de su obligación de entregar una nueva caución en el plazo que allí se señala. Por otra parte, cumple hacer presente que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 bis del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, el plazo para efectuar el pago respectivo se cuenta desde la fecha de recepción de la factura, previa certificación de que los servicios se han recibido conforme, y no sólo una “vez que la Subsecretaría cuente con los recursos disponibles”, como podría interpretarse de lo consignado en las letras b) y c) del primer párrafo del N° 9.6.1 del pliego de condiciones. Asimismo, cabe indicar que las causales de modificación de contrato establecidas en el N° 9.6.5 de las bases administrativas son sin perjuicio de las señaladas en el artículo 77 del decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República (S)