Dictamen N° 54012/2015
N° 54.012 Fecha: 06-VII-2015 La Contraloría General ha dado curso al instrumento del rubro, que modifica por razones de interés público las características de las obras y servicios que indica del contrato de concesión de la obra pública fiscal denominada “Concesión Internacional Ruta 5, Tramo Collipulli – Temuco”, y aprueba el Convenio Ad-Referéndum N° 3, sancionando lo dispuesto a través de la resolución exenta N° 3.758, de 2013, de la Dirección General de Obras Públicas. Sin perjuicio de lo anterior, corresponde expresar que la formalización de la modificación de que se trata, ha debido dictarse con la debida oportunidad, de modo tal que el control previo de juridicidad que se lleve a cabo pueda efectuarse en forma eficaz, lo que no ocurre en la especie, toda vez que la citada resolución es de fecha 12 de septiembre de 2013, y el decreto que se examina data del 10 de abril del año en curso (aplica criterio contenido en los dictámenes N os 51.375, de 2012 y 86.643, de 2014, de este origen). Además, cabe precisar que en relación con lo señalado en la tabla N° 3 del acápite 1.3.1 del numeral 1° del acto administrativo en examen, se entiende que los “puntos de instalación” se encuentran referidos a la tabla N°1 contenida en la resolución exenta N° 3.758 antes aludida. Finalmente, cumple con hacer presente que el punto de instalación N° 7 fue recepcionado con fecha 31 de marzo de 2014, según consta en la anotación del inspector fiscal en el libro de explotación N° 24, folio N° 23, de 1° de abril de 2014, y no como se consigna en la letra i) del acápite 1.3.2 del numeral 1° del documento en análisis. Con los alcances que preceden, se ha tomado razón del decreto del epígrafe. Transcríbase a la Subdivisión de Auditoría de la División de Infraestructura y Regulación de esta Entidad de Control. Saluda atentamente a Ud., Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante