Dictamen CGR

Dictamen N° 54068/2011

2011-08-29 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Vigente
Sumario. Contraloría General se abstiene de instruir investigación solicitada por la Cámara de Diputados al proceso de otorgamiento de permisos de edificación por parte de la Municipalidad de Concón para construir un hotel en los roqueríos de Punta Piqueros, y a la fusión de predios que operó para esos efectos, por tratarse de una materia litigiosa, sometida actualmente al conocimiento de los Tribunales de Justicia. Por la misma razón, se abstiene también de acceder a la petición del Comité Pro Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar de sancionar la supuesta falta de servicio en que habría incurrido el municipio al otorgar el aludido permiso de edificación, y que se deje sin efecto dicho acto administrativo

N° 54.068 Fecha: 29-VIII-2011 Mediante la presentación en estudio, el Segundo Vicepresidente de la Cámara de Diputados y el Prosecretario (S) de la misma, informan que el H. Diputado don Rodrigo González Torres, en uso de la facultad que le confiere el artículo 9° de la ley N° 18.918, Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, ha solicitado a este Organismo de Control instruir una investigación al proceso de otorgamiento de permisos de edificación por parte de la Municipalidad de Concón para construir un hotel en los roqueríos de Punta Piqueros, y a la fusión de predios que operó para esos efectos. Por su parte, el Comité Pro Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar denuncia ante esta Entidad Fiscalizadora que en el otorgamiento del precitado permiso de edificación, la entidad edilicia ha contravenido preceptos constitucionales y cuerpos legales que norman las disposiciones urbanísticas que detalla, por lo que solicita se sancione la supuesta falta de servicio que indica y que se deje sin efecto el acto administrativo en cuestión. Sobre el particular y como cuestión previa, cabe hacer presente que con fecha 1 de agosto de 2011, el presidente del Comité Pro Defensa del Patrimonio Histórico y Cultural de Viña del Mar, don Juan Carlos Ossandón Valdés, interpuso ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, un reclamo de ilegalidad, que fue caratulado con el N° 1.251-2011, en contra del permiso de edificación N° 7, de 2011, del proyecto en referencia. En este contexto, cumple con manifestar que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6°, inciso tercero, de la ley N° 10.336, sobre Organización y Atribuciones de la Contraloría General de la República, esta Entidad de Control no puede intervenir ni informar en asuntos que hayan sido sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia, situación que ocurre en la especie, por cuanto el recurso antes señalado se funda en los mismos hechos esgrimidos en la presentación del referido comité. En ese mismo orden, es oportuno destacar que la jurisprudencia administrativa contenida, entre otros, en los dictámenes N os 18.507, 20.097 y 46.661, todos de 2007, ha expresado que la razón de ser de esta disposición es evitar que este Organismo de Fiscalización dictamine acerca de materias entregadas al conocimiento del Poder Judicial, a fin de garantizar que no se interfiera en el ejercicio de las atribuciones que le competen a ese Poder del Estado, principio que es válido tanto tratándose de juicios que se encuentran pendientes, como de aquéllos en que se haya dictado sentencia que resuelva la controversia planteada. En consecuencia, esta Contraloría General debe abstenerse de ejercer las acciones solicitadas por los recurrentes. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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