Dictamen N° 54071/2012
N° 54.071 Fecha: 31-VIII-2012 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución N° 217, de 2012, del Instituto Nacional de Deportes de Chile , mediante el cual se aprueba el convenio que consigna, celebrado entre el mencionado Instituto y el Comité Olímpico de Chile, en el entendido de que la prohibición a que se refiere el párrafo final de la cláusula octava para percibir recursos en el evento de que esta última entidad incurra en falsedades evidentes en la información y/o antecedentes adjuntos a los informes que deba presentar conforme a dicho acuerdo de voluntades, sólo será aplicable respecto de la ejecución del proyecto que en él se contempla. Asimismo, se debe observar que el instrumento en trámite es afecto y no como indica el resuelvo cuarto del mismo. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo señalado. Por orden del Contralor General de la República Julio Pallavicini Magnere Jefe de la División Jurídica