Dictamen CGR

Dictamen N° 543424/2024

2024-09-24 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa la resolución N° 115, de 2024, del Ministerio de Obras Públicas
Aplicado por
Dictamen N° 41098/2025
Aplica dictámenes

N° E543424 Fecha: 24-IX-2024 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba liquidación del contrato "Conservación por emergencia, conservación de la Red Vial Básica Ruta A-23, Dm. 36.000,00 a Dm. 39.000,00 por sectores, provincia de Parinacota, Región de Arica y Parinacota", en atención a las observaciones que se indican: 1. No fueron remitidos los siguientes antecedentes: a) Los informes mensuales, acorde a lo exigido en el punto 5.9.1 del convenio por trato directo cuya liquidación se dispone, así como los antecedentes que acrediten que fueron entregados oportunamente, según el plazo allí establecido, y en su caso, si se cursaron las multas pertinentes, según el numeral 5.12.2, letra a), del mismo convenio. b) Los informes de los puntos 5.9.2 y 5.9.3 del convenio celebrado por trato directo y los que acrediten su entrega oportuna. c) Aquellos que acrediten el cumplimiento por el contratista de lo estipulado en el punto 4.1, en relación con el punto 4 del anexo complementario sobre requerimientos mínimo del personal, del convenio de trato directo que se viene liquidando. d) Copia del certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales correspondiente a los meses de marzo y abril de 2015. e) La boleta de garantía de fiel cumplimiento y el endoso asociado a la modificación. f) Copia de las pólizas de los seguros de responsabilidad civil ante terceros y de todo riesgo de construcción, y sus endosos. g) En formato Excel, la tabla “Comparación Reajustes Definitivos v/s Reajustes Pagados”, a los efectos de revisar la correcta aplicación de reajustes. 2. Se remiten dos actas de liquidación diversas, y se aprueba una de ellas, lo que requiere una explicación tanto respecto de las razones de la existencia de ambas actas, como acerca de la diferencia que se advierte en el punto 4 de las mismas, relacionadas con el rubro “Retenciones Precautorias” y su monto. Además, se requiere una explicación sobre el rubro “Otras Retenciones Relacionada al Contrato”. 3. Si se atiende a lo dispuesto en el punto 6 del acta de liquidación y en el resuelvo III del acto en examen, resulta impropio consignar en el considerando del documento del rubro, que “no existen saldos en contra de la empresa contratista”. 4. Se deberán dar mayores antecedentes acerca de lo señalado en el considerando del acto en examen, precisando en una minuta los antecedentes con los que no se contaba y que justificarían el retraso del proceso de liquidación, así como las medidas precautorias que habrían afectado al contratista e impedían la liquidación, según lo allí manifestado. Por último, se advierten errores en el correlativo del acto en examen, ya que se omite el numeral V. Saluda atentamente a Ud., Por orden de la Contralora General de la República (S). JUAN CARLOS LILLO VALENZUELA Subjefe de División