Dictamen N° 5457/2017
N° 5.457 Fecha: 14-II-2017 Esta Contraloría General ha dado curso a los documentos del epígrafe, que aprueban las transferencias de recursos a las Corporaciones de Asistencia Judicial de las regiones que en cada caso se indican, por cuanto se ajustan a derecho, pero cumple con hacer presente que de conformidad con lo señalado en la jurisprudencia administrativa de este Órgano de Control, contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 95.238, de 2015, y 3.194, de 2017, las enmiendas a los instrumentos presentados para el control preventivo de legalidad, deben ser salvadas al margen de cada una de ellas, mediante timbre y media firma de la autoridad o ministro de fe del servicio, con la finalidad de velar por la integridad y autenticidad del acto, lo cual no se ha verificado en la especie. Además, esa secretaría de Estado, en lo sucesivo, deberá inutilizar el reverso de las páginas de sus actos administrativos, o bien, imprimir tales documentos por ambos lados (aplica dictamen N° 49.256, de 2016). Con los alcances que anteceden, se ha dado curso a los decretos del rubro. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República