Dictamen CGR

Dictamen N° 54701/2010

2010-09-15 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Vigente
Sumario. Sobre exoneracion de responsabilidad civil en virtud de la facultad conferida por art/62 de la ley 10336

N° 54.701 Fecha: 15-IX-2010 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias instruidas con motivo de los daños ocasionados al vehículo policial RP-1433, de cargo de la Subcomisaría I.A.T. y Carreteras, conducido por el funcionario de esa institución policial, señor Álvaro Aliro Ovalle Martínez, a objeto que esta Contraloría General se pronuncie, conforme con las atribuciones que le confiere el artículo 62 de la ley N° 10.336, sobre la exoneración de la responsabilidad civil de aquél. Sobre el particular, cabe señalar que del estudio de la documentación acompañada, aparece que el día 11 de agosto de 2008, dicho servidor, como conductor del referido automóvil, efectuaba un procedimiento de escolta de vehículos que transportaban carga sobredimensionada por la ruta 5, en dirección al sur y al llegar al km. 107 de esa vía, fue colisionado en la parte posterior por un camión particular. La causa basal del accidente, según el oficio N° 20, de 2008, de la Subcomisaria de Carreteras e Investigación de Accidentes en el Tránsito Cachapoal, que rola a fojas 23 a 27 del expediente, fue que el conductor del camión se percata tardíamente de la presencia y proximidad del móvil policial que lo antecedía en la vía, por lo que en maniobra de emergencia, acciona el sistema de frenos, desviando su trayectoria hacia la derecha, impactando con el vehículo policial. Tal situación produjo un perjuicio al patrimonio fiscal, que de acuerdo con el Presupuesto N° 13, de 2009, elaborado por la Empresa Comercial Servicar Limitada, que rola a fojas 47 de autos, asciende a la suma de $1.584.127, resolviendo la Dirección Nacional de Logística, mediante su orden N° 153, de 2009, dar de baja dicha especie, como consta a fojas 81 a 82 del expediente adjunto. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de los bienes que administre o custodie un funcionario, al término del sumario que para estos efectos se incoare, en la medida que, conforme con lo señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, se acredite que el extravío o detrimento de dichos bienes no se debe a culpa o negligencia del servidor de que se trate. De esta manera, atendido que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que se dan los presupuestos indicados previamente, el infrascrito, haciendo uso de las atribuciones que le confiere el citado artículo 62, estima procedente exonerar de responsabilidad civil al Cabo 2° de Carabineros, señor Álvaro Aliro Ovalle Martínez, por los daños ocasionados en el vehículo fiscal RP-1433. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República