Dictamen N° 54744/2012
N° 54.744 Fecha : 04-IX-2012 El Prosecretario de la Cámara de Diputados, a requerimiento del diputado señor Gabriel Ascencio Mansilla, indica que el Ministro de Obras Públicas habría contravenido el principio de probidad por cuanto durante un viaje a Estados Unidos dictó una conferencia cuya temática no se vincularía con las competencias de su sector y a cuyo efecto habría usado su jornada de trabajo y fondos fiscales. En su informe, ese Secretario de Estado expresa que dicho viaje tuvo por propósito reunirse con empresarios del rubro de la construcción de infraestructura, en vistas del desarrollo de proyectos en el país, agregando que la conferencia ya aludida versó sobre políticas públicas y liderazgo en tiempos de crisis. Sobre la materia, cabe señalar que mediante el decreto N° 161, de 2012, el Presidente de la República designó en comisión de servicios al Ministro de Obras Públicas, don Laurence Golborne Riveros, para trasladarse a la ciudad de Boston, Estados Unidos, con el objeto de dictar una conferencia en la Universidad de Harvard y participar en reuniones con empresarios concesionarios. Del mismo modo, y con igual finalidad, se dispusieron las comisiones de servicio de la jefa de gabinete y del asesor de estudios de esa autoridad ministerial, respectivamente, a través de los decretos N°s. 507 y 508, ambos de 2012, del Ministerio de Obras Públicas. Al respecto, de acuerdo al inciso primero del artículo 75 de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, los funcionarios públicos pueden ser designados en comisión de servicio para el desempeño de funciones ajenas al cargo, en el mismo órgano o servicio público o en otro distinto, tanto en el territorio nacional como en el extranjero. Así, de los antecedentes examinados aparece que el 25 de marzo de 2012 el Ministro de Obras Públicas, don Laurence Golborne Riveros, viajó junto a dos de sus asesores a la ciudad de Boston, acudiendo al día siguiente a la Kennedy School Comunications de la Universidad de Harvard para dictar una conferencia sobre políticas públicas y liderazgo en el manejo de crisis, denominada “Public Policy, Leadership and Crisis Management”, durante la cual manifestó, entre otros tópicos, sus impresiones acerca del rescate de los trabajadores atrapados en la Mina San José, el año 2010, en la que participó por haber ocupado en esa época la Cartera de Minería. Además, se aprecia que el 27 de marzo sostuvo una reunión con representantes de una firma internacional dedicada a la infraestructura de transporte. Con ocasión de esas actividades, el Ministerio de Obras Públicas incurrió en los siguientes desembolsos: *Valores en dólares, convertidos a moneda nacional al tipo de cambio a la fecha del documento . De los datos disponibles se desprende que los pasajes aéreos fueron comprados empleando un convenio marco, pagándose luego una diferencia debido a un cambio de itinerario que mejoraría las conexiones. Además, los mencionados decretos que ordenaron las respectivas comisiones de servicio imputaron los gastos a la correspondiente fuente presupuestaria. Precisado lo anterior, es útil anotar que el inciso primero del artículo 33 de la Constitución Política establece que los Ministros de Estado son los colaboradores inmediatos y directos del Presidente de la República en el gobierno y administración del Estado, en tanto que el artículo 23 de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, desarrolla el precepto anterior indicando que en ese carácter los aludidos personeros tienen la responsabilidad de la conducción de sus respectivos ministerios, en conformidad con las políticas y lineamientos que aquél imparta. De lo anterior se deduce que, sin perjuicio del sector específico de sus competencias, los Ministros, en la calidad antes anotada, son autoridades de gobierno que deben acatar las instrucciones y órdenes que les dé el Primer Mandatario. Así, en cumplimiento del encargo preciso dispuesto en el decreto que ordenó la comisión de servicios, el señor Golborne Riveros intervino en la actividad organizada por la Universidad de Harvard, en la cual se trataron las materias ya individualizadas, tal como aparece de las respectivas transcripciones de audio, sin que ello significara alguna infracción al principio de probidad administrativa. Por otra parte, de acuerdo con los artículos 1° y 87 del decreto con fuerza de ley N° 850, de 1997, del Ministerio de Obras Públicas -que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de su Ley Orgánica-, corresponde a esa Secretaría de Estado el planeamiento, estudio, proyección, construcción, ampliación, reparación, conservación y explotación de las obras públicas fiscales, así como coordinar sus planes de ejecución, de modo que la ya indicada reunión del Ministro del ramo con empresas cuyo objeto se vincula con las competencias de esa Cartera se ajusta al ámbito de atribuciones que el ordenamiento jurídico asigna a esa autoridad. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República