Dictamen CGR

Dictamen N° 54764/2012

2012-09-04 · Toma de razón y control de legalidad · general · Vigente
Sumario. Se abstiene de ejercer el control previo de juridicidad de las resoluciones N°s.4.636, 4.637, 4.638, 4.639, 4.640, 4.641 y 4.642, de 2012, del Hospital Barros Luco Trudeau, mediante las cuales se aprueban los contratos referidos al suministro de medicamentos de transplante y oncológicos para ese Centro Hospitalario, por referirse a una materia exenta de toma de razón

N° 54.764 Fecha: 04-IX-2012 Esta Entidad de Control se ha abstenido de ejercer el control previo de juridicidad de las resoluciones N° s. 4.636, 4.637, 4.638, 4.639, 4.640, 4.641 y 4.642, de 2012, del Hospital Barros Luco Trudeau -mediante los cuales se aprueban los contratos referidos al suministro de medicamentos oncológicos para ese Centro Hospitalario -, ya que atendido el monto de los acuerdos de voluntades, se encuentran exentos del trámite de toma de razón, conforme a lo dispuesto en el artículo 9°, N° 9.1.1, inciso segundo, de la resolución N o 1.600, de 2008, de esta Contraloría General. Por consiguiente, se remiten adjuntos los mencionados documentos, sin perjuicio de aplicarse a su respecto las normas sobre controles de reemplazo contenidas en el Título VI de la citada resolución N° 1.600, de 2008. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República