Dictamen N° 54892/2013
N° 54.892 Fecha: 27-VIII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Tatiana Espinoza Palma, profesional funcionaria del Instituto Nacional de Rehabilitación Pedro Aguirre Cerda, consultando si el período en que sirvió en el Departamento de Salud de la Municipalidad de Mulchén, es útil para el pago de la asignación de antigüedad contemplada en el artículo 30 de la ley N° 19.664. Requerido su informe, el mencionado centro asistencial manifestó, en síntesis, que la peticionaria acreditó el desempeño que invoca, por lo que lo computará para efectos del entero de dicho estipendio. Sobre el particular, cabe señalar que el citado precepto concede a los empleados que indica el beneficio en estudio, el cual se otorgará por cada tres años de servicios, agregando el artículo 31, inciso segundo, del aludido texto legal, que para ello serán válidos y se podrán reconocer, por una sola vez, los tiempos trabajados como médico cirujano, cirujano dentista, químico farmacéutico o bioquímico, en calidad de planta o a contrata, en municipalidades, entre otros organismos. En consecuencia, atendido lo expuesto por ese hospital, esta Entidad de Control entiende que la situación de la peticionaria se encuentra actualmente superada. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República