Dictamen N° 55104/2014
N° 55.104 Fecha: 18-VII-2014 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 96, de 2014, de la Oficina Nacional de Emergencia, mediante la cual se autoriza la regularización del trato directo para la prestación del servicio de horas de vuelo de helicóptero y se aprueba el correspondiente contrato suscrito con la empresa de Servicios Aéreos, Asesorías e Inversiones Helifire Limitada, por cuanto no se ajusta a derecho. Ello por cuanto, la suma total de los montos que se indican en la tabla que se adjunta al final del texto del contrato que se aprueba, no corresponde a la cifra que allí se expresa, la que tampoco coincide con aquellas establecidas en el resuelvo primero, segundo y tercero de la resolución en análisis ni en la cláusula tercera, párrafo final, del contrato que se aprueba mediante la misma. Enseguida, el precio exento del impuesto al valor agregado -consignado por las 10,22 horas de vuelo para transporte de brigadistas en la aeronave matricula CC-AAL- de $17.036.496 (diecisiete millones treinta y seis mil cuatrocientos noventa y seis pesos), debe aclararse, pues en la solicitud de adquisición Z 07-048, de 2014, de la anotada Oficina, se establece un monto distinto. Finalmente, también se debe corregir la suma total a pagar afecta al impuesto por valor agregado que se señala en el párrafo final de la cláusula tercera del acuerdo de voluntades y en el resuelvo tercero del acto en análisis. En mérito de lo expuesto, se representa el acto administrativo individualizado. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante