Dictamen N° 552591/2024
N° E552591 Fecha: 15-X-2024 Se ha dirigido a la Contraloría General don Mauricio Eduardo Paredes Encina, agente en Chile de “Voestalpine Railways Systems GmbH” (VRSG), señalando que esta participó en el proceso de licitación pública para el suministro de aparatos de vía (AdV) para los proyectos Tren Alameda - Melipilla y Tren Santiago - Batuco, convocado por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado (EFE). Expresa que, tras la apertura de las ofertas económicas, mediante correo electrónico de 27 de marzo de 2024, EFE solicitó a VRSG lo siguiente: (i) “En cuanto a los ítems ‘durmientes travesías’ para cada AdV confirmar que el precio indicado corresponde a todos los durmientes considerados en las Bases Técnicas para cada [AdV] de distinta tipología y geometría”; y (ii) enviar una tabla que incluya los metros lineales de durmientes totales para cada una de las tipologías y geometrías ofertadas. Sostiene, que aquella petición -que también se efectuó a los otros dos oferentes que llegaron a la antedicha instancia- no sería pertinente, ya que la información requerida por EFE debiera estar contenida en las respectivas ofertas técnicas, especialmente, en el plano que señala. Añade que “en dicho plano se encuentra la disposición de los durmientes, lo cual incluye la cantidad y longitud de cada uno de ellos. Es decir, EFE podría mediante un simple chequeo, realizando la sumatoria de longitudes correspondiente a cada durmiente encontrar la cantidad de metros lineales de durmientes por cada geometría”. Sobre el particular, cumple con remitir copia del informe proporcionado por EFE -a requerimiento de esta Entidad Fiscalizadora- en el que se refiere a las razones y fundamentos de su actuación. Al respecto, el citado informe explica que los “formularios económicos de la Licitación […] solicitaban indicar, para cada tipología de [AdV] su precio unitario, desglosado en 10 conceptos, pero sin entregar información sobre los cálculos realizados para llegar al valor indicado”. Agrega que “[u]no de esos conceptos (Durmientes) presentó una dispersión llamativa entre las 3 ofertas que, a juicio de las personas evaluadoras, ameritó solicitar mayor información” a los respectivos proponentes, con el objeto de “corroborar la consistencia entre la oferta económica y la oferta técnica de todos los Oferentes”, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 21 de las Bases Administrativas Generales - titulado “SOLICITUD DE ACLARACIONES”-. Señala, además, que las bases de licitación no exigieron identificar o cuantificar en las ofertas técnicas los metros lineales de durmientes totales para cada una de las tipologías y geometrías propuestas; y que si bien podría haber obtenido aquel dato a partir de los planos precitados, esa labor habría implicado destinar un tiempo considerable, pues importaba realizar “una sumatoria manual de aproximadamente 23.000 durmientes en cada Oferta, con la consiguiente carga laboral y posibilidad de error por parte de EFE”, y “solicitar a continuación una validación [a] cada Oferente”. Indica que, por las razones antes descritas, resultó más conveniente requerir a los oferentes la información de que se trata, ya que “disponen de todos los antecedentes necesarios para preparar su oferta incluyendo la forma de sumar lo solicitado sin lugar a error humano”; y que la petición en comento fue respondida oportunamente por todos los proponentes, permitiendo aclarar el origen de la dispersión advertida. En mérito de lo expuesto, y dado que las solicitudes de aclaraciones formuladas por EFE a los respectivos proponentes -efectuadas de conformidad con lo establecido en el mencionado numeral 21 de las Bases Administrativas Generales- aparecen suficientemente motivadas, no se ha acogido la reclamación planteada. Saluda atentamente a Ud. Dorothy Pérez Gutiérrez Contralora General de la República (S)