Dictamen N° 5532/2017
N° 5.532 Fecha: 14-II-2017 Mediante el oficio ordinario N° 7.772, de 20 de julio de 2016, el Director Nacional de Vialidad, se ha dirigido a esta Contraloría General a fin de dar cumplimiento a lo requerido en el oficio N° 41.948, de igual anualidad, de este origen, a través del cual se desestimaron las solicitudes de reconsideración relativas al Informe de Investigación Especial N° 22, de 2014, de esta Entidad de Control, sobre irregularidades en la asignación de mayores recursos para la ejecución de la obra “Construcción Puente Cau –Cau y Accesos, Sector Las ánimas – Isla Teja, Tramo Av. España, M.H. Agüero y los Lingues, comuna de Valdivia, Región de Los Ríos”. Es del caso indicar que en dicho informe de investigación especial se estableció en el numeral 2, letra c), del acápite “Análisis”, que sobre las contrataciones de las obras extraordinarias Nos 80A, 81A, y 82A, “Rótulas Estéricas y Elementos Complementarios Tablero Basculante”, “Rótula con Buje y Elementos Complementarios Tramo Fijo”, y “Sistema de Anclaje Rótula Cilindro Principal”, respectivamente, esa entidad debía efectuar los descuentos que procedían al contratista de la referida obra, por la razones que allí se especifican. En efecto, sobre los ítems 80A y 81A, “Rótulas Estéricas y Elementos Complementarios Tablero Basculante” y “Rótula con Buje y Elementos Complementarios Tramo Fijo” -contratadas como obras extraordinarias por un valor total neto de $805.091.088-, se indicó que los antecedentes del proyecto confirmaron la existencia de una solución primitiva para dichos elementos, cuyo costo no fue descontado al momento de efectuar la reseñada contratación, y por tanto, el servicio debía arbitrar las medidas tendientes a obtener la restitución de los montos pagados en exceso en relación con estas partidas. Respecto al ítem 82A, "Sistema de anclaje rótula cilindro principal", se expuso que este trabajo era de responsabilidad del contratista, conforme a lo expresado por la propia dirección en respuesta a la pregunta N° 106, de la circular aclaratoria N° 7, informada a los oferentes mediante oficio ordinario N° 7.515, de 4 de julio de 2011; y a lo señalado en el numeral 9 de la circular aclaratoria N° 8, comunicada por oficio ordinario N° 7.754, de 8 de julio de igual anualidad; y a las respuestas a las preguntas Nos 34 y 37 de la circular aclaratoria N° 3. En ese sentido, a través del citado oficio N° 41.948, de 2016, se solicitó a la Dirección de Vialidad que, en el plazo de 60 días hábiles contados desde la recepción de dicho documento, diera cuenta a esta Sede de Control, de los descuentos que al tenor de lo señalado debía efectuar. Sobre el particular, en su oficio ordinario N° 7.772, de 2016, la Dirección de Vialidad informó “que se ha dispuesto descontar en la liquidación anticipada del contrato los montos que resulten procedentes de los ítems de obras extraordinarias N° 80A Rótulas Estéricas y Elementos Complementarios Tablero Basculante, N° 81A Rótula con Buje y Elementos Complementarios Tramo Fijo, y N° 82A Sistema de Anclaje Rótula Cilindro Principal”. Asimismo, manifestó que la “Comisión de Recepción única no recibió las obras asociadas a las referidas partidas según da cuenta el Presupuesto General de Recepción Única”, esto último tal como se habría consignado en el oficio ordinario N° 168, de 14 de junio de 2016, de dicha comisión. Ahora bien, en cuanto a los antecedentes remitidos con el citado oficio ordinario N° 7.772, de 2016, de la Dirección de Vialidad, esta Contraloría General ha corroborado que al 28 de diciembre de igual anualidad, ese servicio no ha concluido la liquidación anticipada del contrato “Construcción Puente Cau –Cau y Accesos, Sector Las Ánimas – Isla Teja, Tramo Av. España, M.H. Agüero y los Lingues, comuna de Valdivia, Región de Los Ríos”. En consecuencia, ese servicio deberá informar en un plazo de 60 días hábiles contados desde la recepción del presente oficio, el grado de avance de la regularización de la situación expuesta. Transcríbase al Subsecretario de Obras Públicas, al Director General de Obras Públicas, a la Auditora Interna de la Dirección de Vialidad, y a la Auditora Ministerial, todos del Ministerio de Obras Públicas; al Jefe de la División de Infraestructura y Regulación, a la Jefa de la Unidad de Seguimiento de Fiscalía y al Jefe de la Coordinación Nacional de Seguimiento y Apoyo al Cumplimiento de la División de Auditoría, todos de esta Contraloría General. Saluda atentamente a Ud., Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República