Dictamen N° 5542/2017
N° 5.542 Fecha: 14-II-2017 La Contraloría General ha debido abstenerse nuevamente de dar curso al documento del rubro, que adjudica a Aguas Andinas S.A. las concesiones de producción y distribución de agua potable, y de recolección y disposición de aguas servidas para atender el sector denominado “Parcelación San Marcos”, de la comuna de Buin, región Metropolitana, el cual había sido representado con anterioridad a través del oficio N° 57.634, de 2016, de este origen, toda vez que lo manifestado en la minuta elaborada por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de 11 de noviembre del mismo año, no resulta suficiente para subsanar las objeciones planteadas. En efecto, en lo que concierne a lo indicado en el numeral 7 del instrumento en examen -al disponer la aplicación de las tarifas vigentes para esa empresa en la localidad de Buin-, cabe señalar que de los antecedentes tenidos a la vista no consta que aquella superintendencia haya efectuado el correspondiente estudio tarifario, acorde con lo preceptuado en el inciso segundo del artículo 33° B del decreto con fuerza de ley N° 382, de 1988, del Ministerio de Obras Públicas, en relación con los artículos 58°, inciso segundo, y 59°, del decreto N° 1.199, de 2004, del mismo origen, siendo dable agregar que la circunstancia de que el prestador no comparezca en las instancias pertinentes no es óbice para ello. Saluda atentamente a Ud., Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Subjefe División de Infraestructura y Regulación