Dictamen CGR

Dictamen N° 55429/2015

2015-07-10 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre toma de razón de resoluciones que adjudican procesos de licitación de la Defensoría Regional Metropolitana Norte y la Defensoría Regional Metropolitana Sur

N° 55.429 Fecha: 10-VII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Sebastián Salinero Echeverría, en representación de la Sociedad NETCO S.A., solicitando que esta Entidad de Fiscalización represente la resolución de la Defensoría Regional Metropolitana Norte que formalizó la adjudicación de la Zona 1P - Santiago en la licitación de defensa penal de condenados, pues no se habría ajustado a derecho. Asimismo, hace presente una serie de situaciones que a su juicio constituirían irregularidades que viciarían la adjudicación de la Zona 4 Sur y que se replica en las otras zonas de esa Dirección Regional, por lo que solicita que esta Entidad de Control, se abstenga de tomar razón de los actos administrativos correspondientes. Al respecto, cabe hacer presente que la adjudicación de la Zona 1P – Santiago de la Defensoría Regional Metropolitana Norte fue realizada mediante resolución N° 47, de 2015, de ese servicio. Lo expuesto por el recurrente en su presentación, se tuvo en consideración en el estudio efectuado con motivo del control preventivo de juridicidad de dicho acto, el cual fue representado mediante el oficio N° 49.193, de 2015, cuya copia se acompaña. Enseguida, en relación con las adjudicaciones de las licitaciones de Defensa Penal Pública de la Defensoría Regional Metropolitana Sur, cumple con informar que efectuado el examen de legalidad de las resoluciones N°s. 31, 32, 33, 34 y 35, de 2015, esta Contraloría General en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, consagradas en los artículos 98 y siguientes de la Carta Fundamental y en la ley N° 10.336 -y previo análisis, también, de las consideraciones formuladas por el recurrente-, ha tomado razón de las mismas, sin que las situaciones esgrimidas por el peticionario constituyan vicios que afecten la legalidad de dichos actos. Finalmente, cumple con precisar que la resolución que adjudicó la Zona 4 Sur alegada por el peticionario, no fue sometida a trámite ante este Organismo. Transcríbase a la Defensoría Regional Metropolitana Norte, a la Defensoría Regional Metropolitana Sur y a la Defensoría Penal Pública. Saluda atentamente a Ud., Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante

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