Dictamen N° 55650/2010
N° 55.650 Fecha: 21-IX-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General, don Héctor Bartolo Peña Cuvili para solicitar el pago del desahucio a que estima tener derecho en su calidad de ex Auxiliar, grado 19 de la Escala única de Sueldos, con desempeño en el Hospital de Contulmo, dependiente del Servicio de Salud Arauco. Al respecto, cumple con manifestar que no procede acceder a lo requerido, en atención a que previo a otorgar el citado beneficio, el Subdirector Administrativo del mencionado Servicio deberá acreditar suficientemente la fecha exacta hasta la cual el señor Peña Cuvili, cotizó al Fondo de Seguro Social, y la data de afiliación al sistema de pensiones creado por el decreto ley N° 3.500, de 1980, el cual no contempla disposiciones sobre desahucio u otros beneficios similares, ya que dicho antecedente constituye información imprescindible, considerando la opción establecida en el artículo 13 del decreto ley N° 3.501, de 1980. Esto por cuanto en el recuadro de la Solicitud de Desahucio que se acompaña, se informa aportes al Fondo de Seguro Social, (cuenta 9070), hasta el 30 de septiembre de 2009, sin embargo, en la copia de la liquidación de sueldos, que se adjunta correspondiente a octubre del año citado, no figura descuento por este concepto. Además, se deberá adjuntar una relación de servicios, en la cual se acrediten los nombramientos desempeñados entre los años 1980 y 1991, por el señor Peña Cuvili, toda vez que en los registros de este Organismo de Control no figura dicha información. Una vez que se dé cumplimiento a lo solicitado, vuelvan los antecedentes adjuntos para proceder como en derecho corresponda. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República