Dictamen N° 55729/2015
N° 55.729 Fecha 13-VII-2015 Esta Entidad de Control ha dado curso al documento del rubro, que aprueba el contrato por trato directo suscrito con Copec S.A., para el suministro de combustible, petróleo diésel, gasolina 97 octanos y gasolina 95 octanos, mediante el sistema de tarjeta electrónica de débito, fundado en la calidad de único proveedor del contratante, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con señalar que esa entidad castrense, en lo sucesivo, deberá adoptar las medidas conducentes para llevar a cabo una licitación pública sobre la materia, ya que uno de los fundamentos de la contratación directa en análisis -así como de otras examinadas con anterioridad-, responde a la realización de una serie de procesos concursales en los que resultó adjudicada la empresa Copec S.A. como único oferente. Sin embargo, el último de dichos procedimientos se efectuó el año 2013, por lo que atendido el tiempo transcurrido corresponde verificar si existen otros actores en el mercado que puedan satisfacer las necesidades del ente licitador y, con ello, eventualmente acceder a un mejor precio para los intereses fiscales. Con el alcance que antecede se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante