Dictamen N° 55908/2016
N° 55.908 Fecha: 29-VII-2016 Carabineros de Chile ha remitido los antecedentes de las primeras diligencias realizadas con motivo de los daños ocasionados en el automóvil fiscal RP-3372, conducido por su funcionario, señor Raúl Eduardo Carvajal Rodríguez, a objeto que, conforme con lo dispuesto en el artículo 62 de la ley N° 10.336, sea exonerado de responsabilidad civil. Al respecto, cabe anotar que del examen de la documentación adjunta y aquella recabada por esta Entidad de Control, aparece que el día 17 de noviembre de 2012, el aludido empleado se desplazaba en el referido vehículo por calle Lautaro, y al llegar a la intersección con la Avenida Caupolicán, en la comuna de Temuco, colisionó con un móvil particular, resolviendo la Iltma. Corte de Apelaciones de la mencionada comuna, en su sentencia de fecha 5 de agosto de 2014, condenar al señor Carvajal Rodríguez como culpable del accidente de que se trata. Los perjuicios producidos al patrimonio fiscal, según el certificado N° 42, de 2014, de la Zonal de Reparaciones y Mantenimiento de Vehículos Temuco, ascendieron a la suma de $2.153.000, siendo dicha especie reparada y dada de alta para el servicio. Ahora bien, el artículo 62 de la indicada ley N° 10.336, permite que el Contralor General exonere a un funcionario de la responsabilidad civil derivada de la pérdida, merma, hurto o deterioro de un bien que administre o custodie, en la medida que el detrimento o extravío no se deba a su culpa o negligencia, tal como se ha señalado en los dictámenes N os 17.354, de 1985 y 28.164, de 1993, de este origen, entre otros. De esta manera, atendido que del estudio de la documentación tenida a la vista, se advierte que el señor Raúl Eduardo Carvajal Rodríguez no adoptó las medidas necesarias para una adecuada conducción, a objeto de evitar todo riesgo de accidente, se ha estimado que no procede exonerarlo de responsabilidad civil por los daños causados al automóvil fiscal RP-3372. Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República