Dictamen CGR

Dictamen N° 55979/2009

2009-10-13 · Previsión y seguridad social de funcionarios · general · Vigente
Sumario. Se encuentra vencido el derecho a la revisión de la pensión no contributiva, por gracia, de exonerada política, ex funcionaria de la Universidad de Chile

N° 55.979 Fecha:13-X-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Jaime Enrique Barahona Morales, en representación de doña Silvia Eliana Prieto Neira, ex funcionaria de la Universidad de Chile, exonerada política, para solicitar la revisión de su pensión no contributiva, por gracia. Sobre el particular, cabe manifestar que de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que por medio de la resolución N° 3.002, de 2002, del Ministerio del Interior, modificada por la resolución N° 5.086, de 2002, de la misma Secretaría de Estado, se declaró la calidad de exonerada política de la señora Prieto Neira y se le concedió una pensión no contributiva, por gracia, fijándose su monto inicial en la suma de $213.067.-, mensuales, a contar del 1 de octubre de 1998. Precisado lo anterior, resulta pertinente indicar, en lo relativo a la revisión de la precitada pensión, que el inciso tercero del artículo 4° de la ley N° 19.260, dispone que los beneficios previsionales, esto es, las pensiones de vejez, de invalidez y las de jubilación por cualquier causa, serán revisables de oficio o a petición de parte, en los casos en que se comprobaren diferencias en la computación de períodos de afiliación o de servicios, en las remuneraciones imponibles consideradas para la determinación del sueldo base de la jubilación o, en general, cuando existiere cualquier error de cálculo o de hecho en la liquidación. Agrega el inciso cuarto del mismo artículo, que la revisión a que se refiere el inciso anterior, solamente podrá efectuarse dentro del plazo de tres años contado desde el otorgamiento del beneficio o de su respectivo reajuste. En este orden de ideas, y considerando que entre la modificación del referido beneficio no contributivo y la primera presentación efectuada por la ex servidora ante este Órgano de Control, el 5 de junio de 2008, transcurrieron más de tres años, resulta forzoso concluir que el derecho a la revisión de su pensión se encuentra vencido. Sonia Doren Lois Contralor General de la República Subrogante