Dictamen N° 56051/2015
N° 56.051 Fecha: 14-VII-2015 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución del epígrafe, mediante la cual se aprueban bases y anexos para la adquisición del servicio de call y contact center, por encontrarse ajustada a derecho. No obstante lo anterior, es necesario que en la etapa de aclaraciones de la licitación pública esa entidad precise la oportunidad en que se devolverá la garantía de seriedad de la oferta a los proponentes no adjudicados, teniendo en consideración para ello lo previsto en el artículo 43 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. De igual forma, deberá aclarar que lo estipulado en la cláusula séptima del modelo de contrato se debe entender sin perjuicio de lo indicado en el N° 23 de las bases en estudio. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto de la suma. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante