Dictamen N° 5611/2009
N° 5.611 Fecha: 5-II-2009 Esta Contraloría General ha tomado razón del decreto N° 130, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que designa en comisión de servicio a Buenos Aires, Argentina, a don Raúl Eduardo Erazo Torricelli, Subsecretario de Transportes, en conformidad con lo dispuesto en el articulo 77° de la ley N° 18.834, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.F.L. N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, por cuanto se ajusta a derecho. No obstante, cumple con manifestar que no resulta pertinente citar en los vistos del acto administrativo adjunto el decreto N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, mediante el cual el Primer Mandatario delega en los Ministros de Estado la facultad de suscribir, bajo la fórmula "Por Orden del Presidente de la República", los decretos relativos, entre otras materias, a las comisiones de servicio al extranjero, considerando que la atribución para disponer las comisiones que se refieren a los Subsecretarios y Ministros de Estado ha sido excluida expresamente de esta delegación, según lo establece el artículo 1°, párrafo I, N° 1, del citado decreto N° 19, de 2001. Por otra parte, cabe hacer presente que no resulta aplicable en la especie la resolución N° 199, de 1994, del Ministerio de Relaciones Exteriores -mencionada también en los vistos-, que delega en el Director General Administrativo de esa Secretaría de Estado la facultad de suscribir, bajo la fórmula "Por Orden del Ministro de Relaciones Exteriores", entre otros, los decretos relativos a comisiones de servicio y de estudio en el extranjero, toda vez que, acorde con su artículo segundo, no se incluyen en esta delegación aquellas comisiones de servicio al extranjero que se refieren a funcionarios de la exclusiva confianza del Presidente de la República, calidad que invisten los Subsecretarios, conforme al artículo 40 de la ley N° 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Por último, corresponde puntualizar que la mención que se hace en los vistos del acto administrativo en examen al decreto N° 1.912, de 1996, del Ministerio de Relaciones Exteriores, debe entenderse efectuada al decreto N° 252, de 2007, del mismo origen, que contiene el texto vigente sobre la determinación del coeficiente del Costo de Vida en que deben reajustarse los sueldos de los funcionarios de la Planta "A" del Servicio Exterior de Chile, que se desempeñan en los países que señala, acto cuyos efectos rigen desde el 1 de enero de 2008. Con los alcances que anteceden, se ha dado curso al decreto individualizado.