Dictamen N° 56171/2015
N° 56.171 Fecha : 14-VII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Manuel Eduardo Silva Pizarro, funcionario de Gendarmería de Chile, reclamando acerca de la licitud de su proceso calificatorio correspondiente al período 2013-2014, el que, en opinión de ese organismo, se ajustaría a derecho. Al respecto, cabe anotar que el artículo 46 del decreto con fuerza de ley N° 1.791, de 1979, del Ministerio de Justicia, Estatuto de Personal perteneciente a las Plantas I y II de esa institución penitenciaria, en relación con el artículo 160 de la ley N° 18.834, permite solicitar la revisión de la evaluación, siempre que se interponga el recurso que otorga este último texto legal, ante esta Entidad de Control, dentro del término de diez días contado desde la notificación del fallo de la apelación deducida en contra de la resolución de la Junta Calificadora, requisito que, del examen de los antecedentes proporcionados por el servicio, no se satisface en la especie. En efecto, en esa documentación aparece que el día 23 de febrero de 2015, se le comunicó al recurrente el acto que se pronunció sobre aquella apelación, reclamando de tal decisión, ante este Organismo Fiscalizador, el 10 de marzo de esa anualidad, esto es, una vez transcurrido el aludido lapso de diez días, por lo que se rechaza su petición. Transcríbase a Gendarmería de Chile. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante